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Ayudas dirigidas a la rehabilitación energética de edificios existentes: Programa PAREER-CRECE



13 Mayo 2015

Tras  la publicación de las resoluciones  en el BOE, con fecha de 5 de mayo,  han entrado en vigor los programas puestos en marcha  por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), para llevar a  cabo en 2015 cuatro líneas de actuación en  proyectos de ahorro y eficiencia energética: rehabilitación energética de edificios, transporte, PYME y gran empresa del sector industrial y alumbrado exterior municipal. En el caso de las ayudas destinadas a la rehabilitación energética de edificios, área especialidad de DinamE, las actuaciones deberán encuadrarse en una o más de las tipologías siguientes:
  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.
  • Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias. Podrán ser beneficiarios de las ayudas de este Programa: a) Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, bien sean personas físicas, o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal. c) Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. d) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios. e) Las empresas de servicios energéticos. Tipo de ayudas. Todas las tipologías y beneficiarios tendrán derecho a recibir una ayuda  dineraria sin contraprestación complementada con un préstamos reembolsable. 1.- Ayuda dineraria sin contraprestación, de porcentaje variable con un mínimo del 20% del coste elegible. Se incrementará el porcentaje de acuerdo con los siguientes criterios: a) Criterio social: actuaciones que se realicen en edificios  que hayan sido calificados como Viviendas de Promoción Pública y Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o bien las actuaciones sean realizadas en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas, de acuerdo con el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016. b) Eficiencia energética: actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la escala de CO2, o bien, incrementen en (2) dos letras la calificación energética de partida. c) Actuación integrada: actuaciones que realicen simultáneamente la combinación de dos o más tipologías de actuación. 2.- Los préstamos reembolsables tendrán las condiciones siguientes:
    • Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.
    • Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).
    • Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del  Ministerio de Economía y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
    Para solicitar las ayudas los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
    • Las actuaciones no deberán haberse iniciado antes de la entrada en vigor del Programa.
    • El edificio debe ser existente, con año de construcción anterior a 2014.
    • Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de CO2, con respecto a la calificación energética inicial.
    • El coste elegible conjunto, sobre el que se solicita ayuda, debe superar los 30.000€.
    Se consideraran costes elegibles todos aquellos necesarios para conseguir los objetivos energeticos, incluyendo la elaboración de proyectos tecnicos relacionados con las actuaciones, obtención del certificado de calificación energetica, dirección facultativa, obra civil, equipos, materiales e instalaciones auxiliares, transporte o licencias. En general, no se incluyen tasas, impuestos o IVA soportado. Podrán incluirse como coste elegible aquellos costes de gestión de la ayuda, satisfechos a una empresa por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud ante el IDAE. Dichos gastos deberán ser detallados en un documento u oferta vinculante contractual. Dichos gastos no podrán superar el 4% del importe de la ayuda solicitada, un límite de 3.000€ por expediente. Tipologías de actuación. Tipo 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. Podrán contemplar soluciones constructivas convencionales o no convencionales para reducir la demanda energética de los edificios, incluyendo actuaciones sobre las fachadas, cubiertas, carpinterías exteriores, vidrios o protecciones solares. Tipo 2: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación. Contempla:
    • Caso C1: Reforma de salas de calderas con sustitución de equipos de producción de calor para calefacción y ACS.
    • Casos S1, S2 y S3: Sustitución de energía convencional por solar térmica para calefacción, climatización, ACS y climatización de piscinas.
    • Caso M1: Contabilización de consumos en sistemas de calefacción, instalación de dispositivos repartidores de costes y válvulas termostáticas.
    • Caso C2: Sustitución de equipos de generación térmica.
    • Caso C3: Mejoras en las instalaciones térmicas en los sistemas de transporte, distribución, regulación, control, elementos terminales...
    • Caso M2: Sistemas de monitorización de consumos de energía en tiempo real.
    • Caso ILU: Mejora de la eficiencia energética en las instalaciones de iluminación interior.
    Tipo 3: Calderas de biomasa. Tipo 4: Energía geotérmica. En DinamE podemos ayudarle a desarrollar su proyecto de eficiencia energética y tramitar las eventuales ayudas. No dude en consultarnos.



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