Notícies · Normativa energètica
Publicación de la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética.
17 Noviembre 2012
El Parlamento Europeo acaba de publicar el texto de la Directiva Europea 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE.
De acuerdo con esta nueva directiva que fue aprobada el 25 de octubre de este año se obliga a los estados miembros a renovar un mínimo de edificios públicos e impone auditorías energéticas a las grandes empresas. Las compañías energéticas también tendrán que presentar planes de ahorro. Se estima que la reducción del consumo energético de la UE en un 20% puede ahorrar cerca de 50.000 millones de euros al año.
Renovación de edificios
La directiva obligará a los Estados miembros a renovar el 3% de la superficie total de “edificios con calefacción y/o frío ocupadas por sus propietarios del gobierno central” (departamentos administrativos cuyas responsabilidades abarcan todo el territorio de un Estado miembro).
Sería el caso de edificios con una “superficie útil total” de más de 500 m², y a partir de julio de 2015, de más de 250 m². Sin embargo, los Estados miembros también podrán utilizar medios alternativos para lograr ahorros de energía equivalentes, por ejemplo, una profunda renovación.
Esquemas de eficiencia energética para empresas energéticas
Las compañías de energía cubiertas por la directiva tendrían que alcanzar un “objetivo acumulado del uso final de ahorro de energía” para el año 2020. Este objetivo tendría que ser al menos equivalente a la consecución de nuevos ahorros, cada año, desde 2014 hasta 2020, del 1,5% de las ventas anuales de energía a clientes finales, por volumen, con un promedio durante el último período de tres años antes de que la Directiva entre en vigor.
Las ventas de energía utilizada en el transporte podrían ser excluidos y las formas alternativas para lograr ahorros de energía equivalentes estaría permitidos, siempre que se mantenga la equivalencia.
Auditorías energéticas
Todas las grandes empresas tendrán que someterse a una auditoría energética. Estas auditorías necesitarían comenzar dentro del plazo de tres años de la entrada en vigor de la directiva y debe llevarse a cabo cada cuatro años por expertos cualificados y acreditados.
Facturación del consumo real para los clientes
Para ayudar a los clientes a ahorrar energía, los proveedores tendrán que garantizar, antes del 1 de enero de 2015, que la información de facturación es correcta y se basa en el consumo real. Las facturas llegarían, al menos dos veces al año, o tres meses, previa solicitud.
Promover la eficiencia en la calefacción y la refrigeración
Los Estados miembros tendrían que llevar a cabo y comunicarán a la Comisión una “evaluación exhaustiva”, para diciembre de 2015, del ámbito de aplicación de la cogeneración de alta eficiencia y la calefacción y refrigeración urbana eficientes. A los efectos de esta evaluación, los Estados miembros tendrían que llevar a cabo un análisis de costo-beneficio – una propuesta presentada por los diputados – que cubre su territorio sobre la base de las condiciones climáticas, la viabilidad económica y la idoneidad técnica.
Líneas de financiación
Los eurodiputados también propusieron el establecimiento de líneas de financiación para las medidas de eficiencia energética. Los Estados miembros deben facilitar el establecimiento de estas facilidades o el uso de las ya existentes.
Objetivos de la UE y nacionales
La Directiva establece medidas comunes para garantizar que la UE avanza hacia su objetivo principal de reducir el uso de energía un 20% menos en 2020. Cada Estado miembro establecerá sus propios objetivos y presentará un plan de acción nacional de eficiencia cada tres años, en 2014, 2017 y 2020. La Comisión Europea tendría que evaluar, en junio de 2014, los progresos realizados.